Suspensión cautelar de una liquidación de IRPF en vía judicial, tras la denegación por parte de la Administración y del Tribunal Económico-Administrativo
Diciembre de 2025
CONTEXTO
El cliente acudió al despacho por una liquidación de más de 250.000 euros consecuencia de un procedimiento inspector llevado a cabo por la Agencia Tributaria en la que se comprobaron varios ejercicios de IRPF.
En vía administrativa se solicitó la suspensión mediante la aportación de una garantía inmobiliaria. Sin embargo, la Administración consideró que la garantía ofrecida no era suficiente, al valorar la carga hipotecaria previa sobre el inmueble atendiendo al importe total inicial del préstamo y no al capital realmente pendiente de amortización.
Denegada la suspensión, acudimos al Tribunal Económico-Administrativo Regional, que desestimó el incidente de suspensión promovido, confirmando el criterio administrativo, lo que provocó la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, el cual adoptó medida cautelar de suspensión.
INFORMACIÓN TÉCNICA
Materia
Suspensión cautelar de liquidación tributaria de IRPF
Procedimiento
Vía administrativa, económico-administrativa y contencioso-administrativa
Ámbito
Agencia Tributaria / TEAR / Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Perfil del cliente
Persona física contribuyente
DETALLES DE TRABAJO
La estrategia de este asunto se centró en demostrar que la garantía inmobiliaria era económicamente suficiente, ya que la carga hipotecaria previa debía valorarse atendiendo al importe efectivamente pendiente de amortización y no al total del préstamo inicialmente concedido.
También se puso de manifiesto que la ejecución inmediata de una liquidación de más de 200.000 euros, tratándose de una persona física, podía ocasionar perjuicios de difícil reparación, haciendo perder al recurso su finalidad legítima.
Junto a ello, se defendió la procedencia del control jurisdiccional de la resolución denegatoria de la suspensión, al afectar directamente a derechos e intereses legítimos de la contribuyente.
INTERVENCIÓN DEL DESPACHO
Baeza Lezcano interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana contra la resolución del TEAR que había denegado la suspensión.
En el mismo escrito se solicitó la adopción de una medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecución de la liquidación impugnada, invocando la existencia de perjuicios de difícil reparación, la suficiencia económica de la garantía ofrecida y la ausencia de perjuicio para el interés general, al quedar la deuda respaldada mediante garantía inmobiliaria.
RESULTADO
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estimó la solicitud cautelar y acordó la suspensión de la ejecución del acto recurrido.
El Auto consideró que la argumentación administrativa era “cuanto menos discutible”, al no atender a la deuda garantizada con la hipoteca anterior que ya había sido amortizada parcialmente. Asimismo, tuvo en cuenta que, por el importe de la deuda tributaria y tratándose de una persona física, la ejecución podía ocasionar perjuicios de difícil reparación.
La resolución resulta relevante porque permite evitar la ejecución inmediata de una deuda tributaria de elevado importe mientras se discute la legalidad de la actuación administrativa, reforzando la importancia de la tutela cautelar en el ámbito tributario.
Por confidencialidad profesional, los datos del cliente y determinados detalles del expediente han sido omitidos. Cada caso requiere un análisis individualizado y el resultado obtenido no garantiza desenlaces similares en otros procedimientos.

